El subsidio por revisión de incapacidad es una ayuda del Estado destinada a las personas que ya no califican para cobrar una pensión de invalidez absoluta porque han tenido una mejoría.
Subsidio por revisión de incapacidad
Se lo conoce también como “Subsidio por pérdida de pensión de incapacidad permanente” y lo pueden cobrar las personas que tienen una mejoría y se les retira la pensión de invalidez absoluta, pero carecen de ingresos o rentas.
Si una persona que cobraba una pensión por incapacidad permanente, después de una revisión es declarada incapacitada en grado parcial o plenamente capaz, entonces podrá cobrar este subsidio.
Requisitos
Para poder solicitar el subsidio por revisión de incapacidad se deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Haber cobrado una pensión por incapacidad permanente que se le retiro porque ha mejorado y declarado en situación de incapacidad parcial o capaz para trabajar.
- No tener rentas o ingresos propios que superen los 712,50€ mensuales.
- No contar con los requisitos para acceder a la prestación contributiva por desempleo.
- Estar inscrito como demandante de empleo y cumplir con el mes de espera, como también con el compromiso de actividad.
- Ser menor de 52 años, en caso de ser mayor se le asignara el subsidio para mayores de 52 años. (Más informacion)
Documentación a presentar
Para solicitar esta ayuda del Estado se deben presentar los siguientes documentos:
- Modelo oficial de solicitud cumplimentado impreso con declaración de rentas, datos de domiciliación bancaria, compromiso de actividad y autorización de la AEAT
- Documento de identificación del solicitante
- Copia de la resolución del expediente de revisión por mejoría.
Plazo para la solicitud
El plazo para poder solicitar el subsidio por revisión de incapacidad es de 15 días hábiles, después del mes de espera como demandante de empleo, contados a partir de ser declarado capaz o en situación de incapacidad parcial.
Duración y cuantía del subsidio
El subsidio por revisión de incapacidad tiene una duración de 6 meses. Luego se puede solicitar una prorroga por otros dos periodos de 6 meses cada uno. El tiempo máximo que se puede cobrar el subsidio es de 18 meses.
Cada mes, los beneficiarios de este subsidio cobran actualmente 430 euros, que corresponde al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples.
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