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Ayuda para empleadas de hogar afectadas por la crisis del coronavirus.

2021

¿Quién puede solicitarlo?

Aquellas personas que se encuentren dadas de alta antes del 14 de marzo. Que hayan perdido su empleo o hayan sufrido una reducción importanate de jornada.

Documentación necesaria

 Declaración responsable de los empleadores si han tenido que reducirle o suspender las horas o días trabajados. Y si han perdido definitivamente el empleo, la carta de despido, desistimiento o baja en Seguridad Social. 

La duración de esta ayuda

de la fecha del despido o reducción hasta el fin del estado de alarma.

Plazo de presentación

Desde el 5 de mayo y hasta 1 mes después del fin del estado de alarma.

Dónde presentarlo

En Registros oficiales de la Administración (registros físicos en ayuntamientos y organismos oficiales y registro general por internet. También se puede presentar en las Oficinas de Correos.

Información ministerio de Trabajo

Requisitos y cuantía económica de la nueva ayuda para empleadas de hogar

  • La ayuda equivaldrá al 70% de su base reguladora.
  • Si la empleada ha reducido parcialmente su jornada, percibirá la parte proporcional de la ayuda correspondiente a la reducción.
  • Podrán solicitarla las trabajadoras y trabajadores dados de alta como empleadas de hogar antes de la entrada en vigor del estado de alarma.
  • Esta ayuda no alcanza a las personas que estaban trabajando en negro (sin contrato).
  • Será necesario justificar la pérdida total o parcial de la actividad con una declaración responsable firmada de la persona empleadora, o bien si las hay, la carta de despido, la comunicación de desestimiento o la baja en el Sistema Especial de Empleadas de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social.
  • El nuevo subsidio para empleadas de hogar es compatible con otros ingresos que pudieran tener por cuenta propia o ajena, siempre que no superen, en conjunto, el SMI (950 euros al mes en 14 pagas). Sin embargo, será incompatible con el subsidio por incapacidad temporal (IT, baja por enfermedad) o con el cobro del Permiso Retribuido Recuperable.