
La prestación por cese de actividad para autónomos es una ayuda del Estado dirigida para los trabajadores autónomos que están dados de alta en el régimen especial y han cesado en su actividad habitual por lo que no tienen ingresos.
Prestación por cese de actividad para Autónomos
A esta prestación se la conoce también con el nombre de “paro de los autónomos”. Se trata de un sistema que le da derecho a los trabajadores autónomos a cobrar el paro cuando no pueden trabajar en su actividad habitual.

Requisitos para acceder a la prestación
Para poder acceder a esta ayuda económica para Autónomos es necesario cumplir los siguientes requisitos:
- Ser trabajador autónomo y estar afiliado en
– Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos
– Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios
– Régimen Especial de los Trabajadores del Mar
– Trabajadores económicamente dependientes - Estar dado de alta en Seguridad Social.
- Estar cotizando por el cese de actividad y reunir la cantidad de cotizaciones necesarias, el mínimo es de 12 meses de cotización continua antes del cese de actividad.
- El cese de actividad debe estar justificado por algunos de los motivos aceptados según el art. 331 LGSS.
- Aceptar y cumplir el compromiso de actividad del Servicio de Empleo
- No haber cumplido todavía la legal de jubilación o no contar con las cotizaciones necesarias para acceder a esa prestación
- No ser incompatible según el art. 342 LGSS
¿Cuánto se cobra con la prestación?
Con la prestación por cese de actividad para Autónomos se cobrara el 70% de la base reguladora calculada para cada trabajador según sus cotizaciones. El pago se hará de forma mensual.
Además, el trabajador autónomo también cobrara la prestación de Seguridad Social que la Mutua haya cotizado.
¿Por cuánto tiempo se cobra la prestación?
El tiempo que el autónomo cobrara la prestación por cese de actividad puede ser 2 a 12 meses, depende de la edad del trabajador y los meses que haya cotizado.
- 2 Meses: 12 a 17 meses de cotizaciones
- 3 Meses: 18 a 23 meses de cotizaciones
- 4 Meses: 24 a 29 meses de cotizaciones
- 5 Meses: 30 a 35 meses de cotizaciones
- 6 Meses: 36 a 42 meses de cotizaciones
- 8 Meses: 43 a 47 meses de cotizaciones
- 12 Meses: 48 meses o más de cotizaciones
Si el autónomos es mayor de 60 años y menor de 64 años, entonces le corresponde cobrar:
- 2 Meses: 12 a 17 meses de cotizaciones
- 4 Meses: 18 a 23 meses de cotizaciones
- 6 Meses: 24 a 29 meses de cotizaciones
- 8 Meses: 30 a 35 meses de cotizaciones
- 10 Meses: 36 a 42 meses de cotizaciones
- 12 Meses: 43 meses o más de cotizaciones
Pago único de la prestación por cese de actividad para Autónomos
El trabajador también puede solicitar el pago único de la prestación por cese de actividad para autónomos.
Se trata de un pago acumulado por todas sus cotizaciones, en lugar de pagos mensuales. Para acceder a este beneficio se debe tener 6 meses de cotizaciones como mínimo y acreditar que el pago se utilizara para iniciar una nueva actividad profesional como autónomo o para aportar al capital social de una sociedad creada hace menos de 1 año.
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